Así lo decidió el Ministerio de Seguridad Nacional, argumentando que no están expresamente reconocidos por la ley; en las cárceles de jurisdicción provincial se mantienen permitidos.
Una cautelar del juez Mariano Iturralde suspendió el artículo 2° de la Resolución 372/2025 del Ministerio de Seguridad de la Nación y habilitó la permanencia de los estudiantes en los centros educativos "durante el tiempo que resulte necesario para el estudio y las actividades extracurriculares".